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Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla, Guatemala
Nací en Santa Lucía Cotzumalguapa, Escuintla, Guatemala, el 3 de enero de 1940 o sea que actualmente tengo la friolera de 76 años. Estudie la carrera magisterial, un poco de Periodismo y fui pre-graduado en Diplomacia ya que sólo me faltó para graduarme, el examen de idiomas, al que nunca me sometí. Ni modo. Hasta la llegada a la municipalidad luciana, del alcalde "amigo de todos, pero no de los intelectuales" me desempeñé como Coordinador Municipal de Cultura y en el área de comunicación social de mi pueblo, en lo relativo a redacción (porque como muchos saben, a causa de un cáncer de laringe, estoy privado del don del habla desde el año 2000). Pero también sigo escribiendo poesía, cuento y -desde agosto del año 2015 ya no sigo editando mi propio medio de comunicación, la Revista COTZUMALGUAPA, a la que le pusimos el apodo de "LA REVISTA DIFERENTE"-. Por lo demás, sigo pensando, escribiendo y actuando con definida inclinación de izquierda.

miércoles, 7 de septiembre de 2011

Se cumplió la ley...

(Cuatro columnistas de COTZUMALGUAPA, ("La Revista diferente") opinan sobre la negativa de la Corte de Constitucionalidad a permtir la inscripción de doña Sandra Torres Casanova como candidata a la presidencia de la república, en las elecciones del 2011... aquí presentamos dos opiniones... dentro de un par de dias les compartiremos las otras dos...)


JAIME CASTELLANOS

Comienzo mencionando en qué se basaron los magistrados de la C.C. para dar las resoluciones con que evidentemente dieron un ejemplo de rectitud y transparencia, aunque algunos piensen que no. Pues fue ni más ni menos que el código civil en su artículo 186 inciso C; y algunas de las características del código en mención son, que produce la sistematización del derecho que codifica, y que las normas se encuentran formuladas con criterios abstractos de generalidad. En su aspecto técnico-jurídico nuestro código civil se cree que está inspirado en el patrón napoleónico y que produce asimismo la unificación del sujeto del derecho; da la directriz que la persona como sujeto del derecho lo es por nacimiento y deja de serlo por la muerte.

Para no profundizar demasiado en criterios jurídicos, sacamos en conclusión, que fue este código el que le dio la opción a la señora Torres, de contraer matrimonio, antes o después, con un señor que sería Presidente de la República, pero también es ese código el que le proporciona el vínculo de afinidad, y es esa circunstancia la que le impide a ella ser candidata presidencial; porque fue evidente para los guatemaltecos, que al inicio del actual gobierno ella fue objeto de tratos y prebendas como primera dama de la nación, y que por el deseo personal de instalarse en el poder decidió tratar de evadir los preceptos constitucionales con su divorcio, dando origen a un quebrantamiento de la ley; esa particularidad o circunstancia también le anula su derecho a ser inscrita como candidata a la primera magistratura, hasta que finalice el período de gobierno del que fuera su adorado esposo.

Más de alguna pregunta flota en el ambiente, por ejemplo: ¿Le destruyeron los sueños de grandeza a una señora que quizás actuaba con verdadera ilusión y vocación humanitaria?, yo creo que no, porque de acuerdo con la expectativa de vida de los guatemaltecos, aún le quedan buenos años por vivir.

Pero también, quedó en evidencia que permitir el alejamiento –aunque sea efímero-, del cálido entorno familiar, fue a todas luces una mala decisión que embarrancó el proyecto, porque todo el mundo sabe que si la familia es la base de una sociedad, ¿Cómo diablos iba ella a poseer calidad moral para proclamar rectitud y honorabilidad?...En estos momentos, creo, que hay muchos niños, jóvenes y adolescentes que le estarán rogando a Dios que sus amados padres no se divorcien, y que su familia no se haga pedacitos. Y para no caer en pleonasmos expreso: Que amo a Dios sobre todas las cosas, y a mi familia también… Por último quiero contarles, que en mis días de desconsuelo y exasperación, un lapicero y unas hojas de papel me saben a molletes de mi madrecita y a pastel de chocolate, ¿Y a usted?...

Por otra parte, con este fallo, en Guatemala se aclaró el panorama y se cumplió la ley.


RAFAEL SANTOS JURADO

Casi toda la prensa fanática de los espectáculos de poca monta agradece a la Corte de Constitucionalidad el fallo que según la mayoría estuvo apegado a derecho, pero también existen lagunas demasiado visibles, que muchos juristas han puesto en el tapete, pero a estas alturas del desmadre electoral ya no tiene razón de ser, seguir hablando del papel que desempeñó Sandra Torres durante todo este tiempo, dando lugar a los más diversos comentarios en todo el ámbito nacional e internacional, motivando rencores y desconfianza en aquellos que por pura ignorancia o por conveniencia se dedicaron a vitorear su actuación.
Recordemos que cuando escribo esta nota, acaban de otorgar la inscripción de Harold Caballeros. Aunque creo que no importa que lo inscriban, porque los votantes ya se decantaron, unos por Suger y otros por Baldizón y de acuerdo con los estudios económicos que realizan los encuestadores, este último es el que más recursos económicos puede gastar, total que sabrá la diosa fortuna, si uno de éstos le pueda hacer cosquillas al triunfalista militar.
Pero para hablar un poco de este individuo, Existe una institución que se llama: La Red por la Paz y el Desarrollo de Guatemala (RPDG) que afirma qué: En apego a la ética y a la letra y al espíritu de los Acuerdos de Paz Firme y Duradera, se debiera inhabilitar a los candidatos que desempeñaron altos puestos en el Ejército de Guatemala durante el conflicto armado interno, pues durante las negociaciones los representantes militares aceptaron que todo oficial, de capitán hacia arriba, había participado en acciones represivas –muchas de las cuales caen en el campo de lesa humanidad o crímenes de guerra– (Convenios de Ginebra) y, por eso se negaron a aceptar un acuerdo que permitiera la depuración de los cuadros más sanguinarios de la institución armada. Esto le hubiese correspondido dictaminar al Tribunal Supremo Electoral, a la Corte Suprema de Justicia y a la misma Corte de Constitucionalidad, que los exoficiales del Ejército de Guatemala, –durante el período más oscuro de la patria– no pudieran optar a cargos públicos, pero no lo hicieron ni lo harán, porque no les conviene. Estas son las apreciaciones de esa institución. (La hora, 12-08-2011).
Casi al unísono todos los oligarcas, militares, abogados, candidatos, dicen que se cumplió con la Máxima Ley de nuestra patria; pero, ¿y todos los señalamientos que tienen algunos participantes en la contienda electoral, qué, no cuentan?, quiere decir, que se debe cumplir la ley sólo para algunos y para otros, esta misma ley es permisiva, porque yo soy de los que aplaudo que si están enmarcadas dentro de la ley, las sentencias negativas para Sandra Torres, que bueno que se cumplió con la ley, pero, ¿por qué a los demás no se les trata de la misma manera?
En lo único en que si estoy de acuerdo es, que teniendo tanto abogado parásito dentro del gobierno, no hayan previsto una salida más elegante, eso si da tristeza de la clase politiquera, por eso me agrada la frase de Arturo Pérez Reverte, miembro de la Real Academia Española “El peor enemigo del mundo no es la maldad, sino la estupidez”.

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